Los autónomos que hayan decidido utilizar un vehículo de renting para su actividad profesional tienen que conocer varios aspectos referentes a la deducibilidad de este gasto para no incurrir en irregularidades. Es cierto que un vehículo es a veces necesario para el óptimo desarrollo de una actividad. La Dirección General de Tributos nos aclara todo lo referente a la cuestión de deducibilidad del renting, como por ejemplo si se puede incluir como gasto, o cómo debería deducirse (si es factible) en la declaración del IRPF e IVA de los autónomos.