Toda actividad empresarial está sujeta inspecciones por parte de la Agencia Tributaria. Sin embargo, cuando se lleva a cabo una inspección sorpresa por parte de los técnicos de la Agencia Tributaria se ha de saber que hay límites que estos no pueden sobrepasar incluso en una de estas temidas inspecciones. Sin una orden judicial o incluso sin una mera notificación previa, los inspectores pueden tener vetadas ciertas secciones de la empresa o compañía. En el caso de tratarse de un autónomo que desarrolle su labor en su propia vivienda, sería necesario de un requerimiento judicial para poder acceder a la vivienda. Sin este requerimiento, el inspector solo podría tener acceso a la totalidad de las facturas y la actividad en la cual se desarrolle el negocio.