Las diferencias de cotización en España entre los asalariados y los autónomos están bien definidas. Los primeros, sujetos al Régimen General, tienen una base de cotización según salario y se tributa conjuntamente entre la empresa y el propio trabajador. Los segundos, los autónomos, están sujetos al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Estos podrán elegir la base de cotización de la que se hará cargo únicamente el autónomo.