El viernes 26 de diciembre el Gobierno, junto con el CEPYME (Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa), el CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) y los sindicatos, firmaron para el acuerdo de subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Los puntos de mayor relevancia de este acuerdo, serían las siguientes:
- En el año 2018, el SMI tendrá un incremento del 4%, alcanzando los 736 euros al mes en 14 pagas (10.304 euros al año).
- En 2019, la subida será del 5%, es decir, 773 euros al mes en 14 pagas (10.819 euros al año).
- Y en el año 2020, el incremento llegará al 10%, alcanzando los 850 euros al mes en 14 pagas (11.901 euros al año).
Sin embargo, estas subidas del SMI estarán sujetas al cumplimiento de dos requerimentos:
- Que nuestra economía demuestre un crecimiento del PIB real del 2,5% o mayor.
- Que la subida de la filiación media a la Seguridad Social sea mayor a las cuatrocientas mil personas.
En referencia a estos dos requisitos, el mismo Gobierno estimó que el incremento del PIB en 2018 podría ser menor del 2,5% (un 2,3% aproximadamente), y en ese caso, el acuerdo debería de ser revisado en referencia al siguiente año, al 2019.
CONSECUENCIAS DE LA SUBIDA DEL SMI:
- Incremento de los ingresos de la Seguridad Social.
- Un consumo al alza.
- Una disminución salarial entre hombres y mujeres, además de otros colectivos con peligro de exclusión (jóvenes, discapacitados, extranjeros, etc).
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