El autónomo puede solicitar la prestación por cese por actividad del SEPE si cumple una serie de requisitos. Esta ayuda está dirigida a aquellos autónomos que hayan finalizado su actividad.
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD
- Estar de alta en el RETA.
- Justificar o acreditar el porqué de su solicitud respecto al cese de su actividad.
- Tener cumplido el periodo mínimo de cotización. Este tiempo debe ser de doce meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese de actividad, siendo computable también el mes en el cual se produjo la causa que provocó el cese de actividad.
- Estar al día en las cuotas de autónomo. En caso de que hubiera, la Seguridad Social dará 30 días de plazo para abonar esas cuotas atrasadas.
- En caso de tener irregularidades o faltas de tipo legal vinculadas a tu actividad, el autónomo no podrá pedir la prestación, al menos no como norma general.
- No tener la edad mínima para solicitar en la SS el abono de la pensión contributiva.
Además, para solicitar la prestación por cese de actividad, deben de haber varios detonantes, los cuales son:
- Pérdidas económicas justificadas y acreditadas durante los 12 meses anteriores al cese y que rebasen el 10% de los ingresos, excluyendo el primer día en el cual comenzó la actividad.
- Ejecuciones judiciales para el cobro de deudas de al menos el 30% de los ingresos de la actividad, acreditados en el ejercicio económico previo.
- Solicitud por cese debido al COVID-19.
La prestación por cese de actividad será una cantidad igual al 70% de la base reguladora del autónomo, la cual tendrá una duración en función del tiempo de cotización:
- 12 a 17 meses cotizados: 4 meses de duración.
- 18 a 23 meses cotizados: 6 meses de duración.
- 24 a 29 meses cotizados: 8 meses de duración.
- 30 a 35 meses cotizados: 10 meses de duración.
- 36 a 42 meses cotizados: 12 meses de duración.
- 43 a 47 meses cotizados: 16 meses de duración.
- 48 meses cotizados o más: 24 meses de duración.
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