Novedades Renta 2018: lo que necesitas saber

Hoy haremos un repaso de las novedades que trae la Renta 2018. En bien sabido que cada nuevo año puede traer cambios importantes a nivel fiscal que se deben tener muy en cuenta. El Gobierno aprobó para este año varias modificaciones fiscales que entrarán en vigor durante el desarrollo del año. Sin más preámbulos, echemos un vistazo a estas modificaciones de la Renta 2018 que afectan al reglamento del IRPF, al impuesto de sociedades y al impuesto de sucesiones y donaciones:

RENTA 2018

CAMBIOS EN RELACIÓN AL IRPF:

  • 1: Incremento de 9 a 11 euros en la cuantía diaria exenta del impuesto en vales para comida o similares (ticket restaurante, tarjetas-comida, vales-comedor, etc).
  • 2: Estará permitido la utilización del propio modelo de declaración aprobado por Hacienda para corregir errores cuando se presente la autoliquidación que afecte negativamente al contribuyente.
  • 3: Las entidades depositarias tendrán que retener el 19% de las ganancias patrimoniales que deriven de una transmisión de derechos de suscripción preferente.
  • 4: Con respecto al mínimo por descendientes, su aplicación se ampliará a todos aquellos que tengan asignada por resolución judicial la custodia y guarda de los menores.
  • 5: Todos los gastos de formación o de capacitación de personal que estén financiados por otras entidades o empresas que comercialicen productos para los que sea necesaria dicha formación, no se considerarán como retribuciones en especie.
  • 6: Incremento de las cuantías de exención de becas destinadas al estudio y capacitación de investigadores. Esta cuantía cambia de 3000 a 6000 euros, con carácter general. También aumenta de 15.000 a 18.000 euros cuando en la beca haya compensaciones en gastos de alojamiento o transporte, y de 18.000 a 21.000 euros cuando la beca sea de estudio o formación en el extranjero. Además, la exención de becas para doctorados pasa de 18.000 a 21.000, así como de 21.600 a 24.600 euros si el doctorado se realiza en el extranjero.
  • 7: Se añade un límite de hasta 1500 euros con respecto a la no consideración como retribución en especie los pluses satisfechos por la empresa a seguros de enfermedad que den cobertura tanto al mismo trabajador, como a su cónyuge o descendientes cuando estos estén afectados por alguna discapacidad.

CAMBIOS EN RELACIÓN AL IMPUESTO DE SOCIEDADES:

  • 8: Modificación en la regulación de la documentación e información acerca de entidades y sus operaciones, y también en la obligación de proporcionar información “país por país” conforme a los parámetros de la OCDE.
  • 9: Esta novedad de la Renta 2018 trae una ampliación de algunos casos respecto a la obligación de retenciones:
    • 1: No habrá obligación de retener con respecto a las cuantías satisfechas a los fondos de pensiones, ya sea por fondos de pensiones abiertos o planes de pensiones asignados a otros fondos de pensiones.
    • 2: Tampoco habrá obligación de retener en las ventas derivadas del reembolso o transmisión de acciones de SICAV índice cotizadas.
  • 10: Se modifica el Reglamento con respecto a la conversión de activos diferidos en crédito exigible para adaptarlo a las normativas que entraron en vigor en 2016.

CAMBIOS EN RELACIÓN A SUCESIONES Y DONACIONES

  • 11: En las adquisiciones de bienes inmuebles, la declaración deberá contener la referencia catastral del inmueble transmitido.
  • 12: Los no residentes, podrán dar crédito del cumplimiento de las obligaciones referentes al impuesto con una certificación tramitada por la AEAT.

CAMBIOS EN RELACIÓN A LOS IMPUESTOS DIRECTOS

  • 13: La novedades de la Renta 2018 añaden algunas normas en referencia a los impuestos especiales, como por ejemplo la obligación de llevanza a través de la Sede electrónica de la AEAT los libros de contabilidad requeridos reglamentariamente.
  • 14: Posibilidad de que la AEAT pueda autorizar en algunos casos, que los datos remitidos en el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información pudieran no contener todas las menciones o información descrita en los libros registros del impuesto. Además, podrán mantener el período de liquidación trimestral los sujetos pasivos que decidan aplicar el SII.
  • 15: Con respecto al Reglamento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se añade una medida de autoliquidación para casos de adquisiciones de una gran cantidad de bienes inmuebles destinados a particulares de parte de profesionales.
  • 16: Para finalizar, en referencia al Real Decreto sobre Franquicias y Exenciones en Régimen Diplomático, Consular y de Organismos Internacionales, se ajustan los procedimientos a las reformas de la UE y se extiende la exención a determinados servicios, como servicios de traducción, limpieza, consultoría y seguridad).

Si quieres saber más detalles acerca de la Renta 2018, siempre puedes ir a su página oficial.

Si necesitas un asesoramiento por parte de nuestros especialistas en relación con la Renta 2018, consulta con nosotros.