Cese de actividad en autónomos y revisiones

Hoy hablaremos sobre el cese de actividad en autónomos. Cierto es que una parte de los autónomos han solicitado el cese de actividad extraordinario debido a la crisis del COVID-19. Sin embargo, esto no les excluye de tener toda su documentación en regla y dispuesta a ser presentada a las mutuas en caso de revisión, pues se prevé que hayan acciones de revisión a posteriori.

Eso quiere decir que una vez el estado de alarma se de por concluido, las mutuas pueden solicitar al autónomo nuevamente toda la documentación para revisar que se haya cumplido con los requisitos del cese de actividad. En el supuesto de que las mutuas encontraran irregularidades o una justificación incorrecta por parte del autónomo, éstas podrían reclamar las cuantías percibidas.

Además, si el autónomo estuviera recibiendo otro tipo de prestación o ayuda deberá comunicarlo debidamente a la mutua, pues se podría estar incurriendo en incompatibilidades con el cese de actividad. Por citas algunos ejemplos, las bajas médicas o recibir cuantías provenientes de prestaciones por paternidad o maternidad, o comenzar actividades por cuenta ajena en ciertos sectores, como puede ser en el sector agrario.

Si el autónomo estuviera percibiendo otro tipo de ayuda o prestación y hubiera solicitado el cese por actividad, deberá tramitar una renuncia parcial de las ayudas. Sin embargo, si las mutuas detectaran un incumplimiento de los requisitos en el cese de actividad por parte del autónomo, se exigirá la devolución total o parcial de las ayudas percibidas, según el caso.

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