Autónomos, ayudas y personas a cargo

En este artículo comentaremos las posibles ayudas que tiene un autónomo cuando cuenta con personas a cargo suyo o realiza contrataciones. Un autónomo suele tener muchos flancos que vigilar para que su negocio funcione perfectamente y es por eso que en ocasiones necesite la ayuda de alguien para alcanzar sus objetivos.

Si se contrata empleados…

Para contratar a un trabajador el autónomo deberá realizar un contrato laboral y hacerse responsable de las cuotas de Seguridad Social del mismo. Además, el autónomo deberá registrarse como empresario en la Seguridad Social, realizar una solicitud para una cuenta de cotización y por supuesto dar de alta al nuevo trabajador contratado. Por otra parte, también deberá registrar el contrato del nuevo trabajador en el Servicio Público de Empleo Estatal y abonar el pago correspondiente a los trabajadores a través del Sistema Cret@.

Si se contrata a otro autónomo…

Si se contrata a otro trabajador por cuenta propia, esta se tratará como una relación de tipo mercantil la cual estará sujeta a una prestación de servicios concretos. El autónomo contratado emitirá una factura por sus servicios prestados según el precio que se haya fijado de antemano por las partes implicadas. Evidentemente esta modalidad ofrece al autónomo mayor flexibilidad, ya que esta relación comercial no contempla pagos a la Seguridad Social y da mucho más margen de maniobra.

Si el autónomo tiene personas a su cargo…

Cuando un autónomo contrata a un trabajador para que le ayude con las personas que tiene a su cargo, este puede beneficiarse de ciertas ayudas.

En primera instancia el autónomo deberá de acreditar que tiene bajo su cargo a un menor de 12 años de edad o a un familiar que esté en situación de dependencia que posea hasta un segundo grado de consanguinidad o afinidad. También se podrán acreditar casos de parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un porcentaje mínimo de un 33% para solicitar la ayuda, y para discapacidades físicas o sensoriales se contemplará hasta un 65%.

Si se opta por esta ayuda, el autónomo deberá de permanecer dado de alta en el RETA durante todo el tiempo que perciba la ayuda y en la Seguridad Social, por lo menos, los 6 meses posteriores a la ayuda. Evidentemente será necesario que el autónomo realice la contratación de un trabajador que se encargue de realizar sus labores a tiempo parcial o completo.

Este tipo de subvenciones comprenderán el 100% de la cuota del autónomo por contingencias comunes, aunque será la mitad, el 50% de la cuota, para contratos de tiempo parcial. El autónomo podrá percibir esta ayuda durante un año, siempre que no posea más trabajadores bajo su cargo ni tampoco los haya tenido en los 12 meses anteriores.

Si se contrata a un familiar…

Esta modalidad permite contratar a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción. La ayuda, en este caso, beneficiará a ambas partes.

La persona a contratar ha de tener una edad superior a 16 años y no trabajar por cuenta ajena. Su relación comercial tendrá que ser habitual y deberán realizar la actividad en el mismo lugar. Además, la convivencia será obligatoria o que el familiar contratado tenga dependencia del contratante.

Esta ayuda permite que el autónomo perciba una ayuda del 50% en la cuota de la Seguridad Social durante los 18 meses siguientes a la contratación y un 25% los 6 meses posteriores.

Si quiere saber más acerca de las ayudas del autónomo por personas a cargo por contratación de empleados u otros autónomos contacte con nosotros mediante nuestro formulario o mándenos un correo electrónico a info@azaharasesores.com. También puede llamar a nuestros teléfonos 963 667 801 – 675 518 329. Estaremos a su entera disposición.

Azahar Asesores lleva una larga y avalada trayectoria de más de 20 años, trabajando para cubrir las necesidades de los autónomos, asesorándolos y ayudándoles de forma personalizada y eficiente, enfocándose siempre hacia sus proyectos o necesidades más acuciantes.