¿Quiere saber cuándo se paga el IBI y las consecuencias de su impago? El IBI (Impuesto sobre bienes e inmuebles) es un impuesto que se paga por la posesión de viviendas o terrenos, independientemente de si está ocupada o no. Este impuesto directo es de carácter real, obligatorio y de titularidad municipal, así como de devengo periódico y se gestiona de forma conjunta con la administración del estado.
Uno de los rasgos más importantes de este impuesto es que puede diferir entre unos ayuntamientos y otros significativamente con respecto a su aplicación, como pueden ser:
- Fechas de pago.
- Algunas bonificaciones.
- El porcentaje a abonar.
- Cómo se realiza.
- Opciones y flexibilidad respecto al pago.
Dejando aparte estas diferencias, todo lo demás respecto al procedimiento para tramitar este impuesto suele ser igual en todas las ciudades. El valor catastral del suelo y de la construcción del inmueble es lo que compondrá la base imponible del IBI. Una vez especificada, se informará de la misma que podrá ser objeto de impugnación tal y como figura en las normativas de regulación del catastro inmobiliario.
FECHAS POR CIUDAD RESPECTO AL PAGO DEL IBI.
Madrid | Del 1 de Octubre al 30 de Noviembre. |
Barcelona | Del 4 de Mayo al 1 de Ocubre en recibos domiciliados.Del 1 de Junio al 2 de Septiembre en recibos no domiciliados. |
Valencia | Del 1 de Marzo al 2 de Mayo. |
Sevilla | Del 1 de Septiembre al 10 de Noviembre.Primer pago del 20 Abril al 30 de Junio. |
Zaragoza | Primer pago el 30 de Abril y segundo pago el 30 de Septiembre. |
Málaga | Primer pago entre el 1 de Abril y el 5 de Junio y segungo pago entre el 3 de Agosto y el 5 de Octubre para recibos no domiciliados.
Cuatro pagos el 5 de Junio, el 5 de Agosto, el 5 de Octubre y el 4 de Diciembre. |
Murcia | Del 1 de Marzo al 30 de Abril para recibos no domiciliados.Tres pagos el 15 de Enero, 30 de Abril y 30 de Septiembre. |
Palma de Mallorca | Del 16 de Septiembre al 16 de Noviembre. |
Las Palmas de Gran Canaria | Del 5 de Septiembre al 2 de Diciembre. |
Bilbao | |
Alicante | Del 15 al 31 de Mayo para los inmuebles urbanos y los de características especiales.Del 1 de Septiembre al 31 de octubre para los inmuebles rústicos.
En caso de fraccionar el pago, el primero será el 3 de Mayo y el segundo el 30 de Septiembre. |
Valladolid | Del 1 de Octubre al 31 de Mayo. |
Coruña | Del 5 de Mayo al 5 de Septiembre. |
Vitoria | Quienes paguen en 2 cuotas pagarán la primera el 20 de Junio y la segunda el 20 de Septiembre.Quienes paguen en 3 cuotas: primer pago 20 de Junio, segundo pago 22 de Agosto, tercer pago 20 de Octubre.
Quienes paguen en 6 cuotas: primera cuota 20 de Junio, segunda cuota 21 de Julio, tercera cuota 22 de Agosto, cuarta cuota 20 de Septiembre, quinta cuota 20 de Octubre y sexta cuota 21 de Noviembre. Quienes paguen en 7 cuotas: primera cuota 20 de Junio, segunda cuota 21 de Julio, tercera cuota 22 de Agosto, cuarta cuota 20 de Septiembre, quinta cuota 20 de Octubre, sexta cuota 21 de Noviembre y séptima cuota, el 20 de Diciembre. Quienes paguen en 9 cuotas: primera cuota, el 20 de Abril, segunda cuota el 20 de Mayo, tercera cuota el 20 de Junio, cuarta cuota, el 21 de Junio, quinta cuota el 22 de Agosto, sexta cuota el 20 de Septiembre, séptima cuota, 20 de Octubre, octava cuota, 21 de Noviembre y novena cuota, el 20 de Diciembre. |
Granada | El 30 de Mayo para abonos domiciliados en un solo pago.Para recibos domiciliados en cuatro plazos, el primero el 30 de Mayo, el segundo el 31 de Julio, el tercero el 30 de Septiembre y el cuarto el 30 de Noviembre. |
Oviedo | Del 1 de Septiembre al 21 de Noviembre. |
Santa Cruz de Tenerife | Del 9 de Mayo al 22 de Julio. |
Pamplona | Primer pago 26 de Mayo, segundo pago 11 de Noviembre. |
Almería | Del 1 de Mayo al 5 de Julio. |
Santander | Del 1 de Abril al 5 de Junio. |
Castellón de la Plana | Del 16 de Abril al 20 de Julio. |
Albacete | Del 3 de Mayo al 3 de Julio. |
Logroño | Primer plazo del 5 de Mayo al 5 de Julio y segundo plazo del 5 de Octubre al 5 de Diciembre. |
Badajoz | Del 13 de Junio al 12 de Agosto. |
Salamanca | Primer pago del 1 de Abril al 1 de Junio y segundo pago del 1 de Septiembre al 1 de Noviembre. |
Huelva | Del 1 de Julio al 30 de Septiembre. |
Lérida | Del 9 de Septiembre al 18 de Noviembre. |
León | Primer pago del 21 de Marzo al 23 de Mayo y segundo pago del 22 de Agosto al 24 de Octubre. |
Cádiz | Primer pago del 15 de Abril al 15 de Junio y segundo pago del 1 de Octubre al 30 de Noviembre. |
Jaén | Del 1 de Septiembre al 5 de Noviembre. |
Orense | Del 15 de Mayo al 15 de Julio. |
Lugo | Del 15 de Septiembre al 15 de Noviembre. |
Gerona | Del 1 de Abril a principios de Junio. |
Cáceres | Del 21 de Mayo al 20 de julio.En caso de domiciliación, el primer pago es el 11 de Abril, el segundo pago el 10 de Junio y el tercero el 10 de Julio. |
Santiago de Compostela | Del 5 de Julio al 5 de Septiembre |
Consecuencias de un impago del IBI.
Evidentemente cometer un impago del impuesto de bienes e inmuebles está sancionado. Esta sanción irá determinada en función del tiempo transcurrido desde la finalización de la fecha de pago voluntario. Se aplicarán varios tipos de recargo a la cantidad a pagar:
- Recargo de periodo ejecutivo del 5%: Aplicado de forma directa cuando se abona la cantidad fuera de la fecha estipulada y antes de la notificación de la providencia de apremio.
- Recargo de apremio del 10%: Se aplica cuando existe notificación de apremio de la Administración y hayan transcurrido entre tres y seis meses desde la fecha estipulada.
- Recargo de apremio del 20%: En cualquier otra circunstancia.
Para más información sobre cuándo se paga el IBI y que procedimientos hay que seguir a la hora de efectuar la tramitación y/o las consecuencias de un impago y sus respectivas soluciones, contacte con Azahar Asesores. Tambien puede mandarnos un e-mail a info@azaharasesores.com o llamarnos a los teléfonos 963 667 801 – 675 518 329. Estaremos a su total disposición.